miércoles, 8 de junio de 2011

Requisitos para viajar a República Dominicana





Conforme a la Ley No. 875 sobre Visados, los extranjeros que viajen a la República Dominicana deberán estar en posesión del visado en su documento de viaje, otorgado en uno de nuestros Consulados, con excepción de los nacionales de países con los cuales la República Dominicana haya suscrito acuerdos sobre dispensa de visado y de los nacionales de países autorizados a viajar al país provistos de una tarjeta de turista, siempre que la razón de su visita sea con fines turísticos.

La tarjeta de turista un impuesto que cobra la República Dominicana a los que visitan nuestro país. La misma puede ser obtenida directamente en el Aeropuerto a su llegada a la República Dominicana. Algunos Tour-Operadores incluyen la tarjeta de turista en las ofertas turísticas.

Requerimiento VISA:

Países que no requieren VISA ni TARJETA de TURISTA para entrar a la República Dominicana:


Argentina,
Chile,
Ecuador,
Perú,
Uruguay,

Países que pueden entrar Sólo con TARJETA de TURISTA, para fines turísticos exclusivamente:


Antillas Neerlandesas (Antillas Holandesas),
Aruba,
Barbados,
Bermudas,
Bolivia,
Brasil,
Canadá,
Costa Rica,
El Salvador,
España,
Estados Unidos de América,
Francia,
Guatemala,
Honduras,
Italia,
Jamaica,
México,
Nicaragua,
Países Bajos,
Panamá,
Paraguay,
Portugal,
República Checa,
República De Sudáfrica,
Suriname,
Trinidad y Tobago,
Venezuela,

Países requieren VISA para entrar a la República Dominicana:


Colombia,
Cuba,
Haití,
India,
Kenia,

Reglas Generales:


1.Todos los nacionales de países en capacidad de ingresar legalmente a la Unión Europea, a los Estados Unidos de América, a Canadá y a Gran Bretaña, pueden ingresar a territorio de la República Dominicana con la simple presentación de la Tarjeta de Turismo. (Decreto 691-07 de fecha 18 de Diciembre del 2007).

2.Todos los extranjeros que ingresan a la República Dominicana, sea con visa o tarjeta de turismo, deberán estar provisto de su pasaporte válido, a menos que exista acuerdos de supresión de pasaporte con la República Dominicana.

3.Todos los extranjeros que deseen ingresar a la República Dominicana para asuntos de negocios, deberán aplicar a visa de negocios, simple o múltiple, en una de nuestras misiones diplomáticas y consulares en el exterior, no obstante estar incluidos en la lista de países que pueden ingresar con tarjeta de turismo, ya que ésta sólo puede utilizarse para fines turísticos exclusivamente.

4.Las visas de negocios serán otorgadas por los Consulados dominicanos mediante disposiciones contenidas en la Resolución de la SEREX No. 01-08, de fecha 7 de febrero del 2008.

5.Las solicitudes de visas, serán recibidas y autorizadas exclusivamente por la Cancillería, bajo los mecanismos, restricciones y procedimientos actuales establecidos por el Departamento Consular y Migratorio.

6.En caso de que una persona necesite visa y no exista un consulado dominicano en su país de residencia, deberá dirigirse a la misión consular dominicana del país más próximo.

7.En caso de que una persona quiera extender su visita mientras está en la República Dominicana, podrá pasar por las oficinas de la Dirección General de Migración y solicitar su prórroga.

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